La Procuraduría General de la Nación sancionó con destitución e inhabilidad de 12 años a la alcaldesa de Arroyohondo, Bolívar, Yesenia Iriarte Ospino (2016 – 2019), por posesionarse y ejercer el cargo a pesar de estar inhabilitada.
De acuerdo con la investigación, adelantada por la Procuraduría Provincial de Cartagena, la funcionaria no podía aspirar al cargo y menos posesionarse, por ser esposa de quien ejerció el cargo en el periodo inmediatamente anterior.
En el proceso disciplinario se estableció que el esposo de la ahora sancionada, Carlos Paternina Orozco, ejerció el cargo entre el primero de enero de 2016 hasta el 17 de julio de ese mismo año, fecha en la que falleció.
Con su actuación Iriarte Ospino desconoció las normas vigentes que establecen que no podrá desempeñarse como alcalde la persona que tenga un vínculo de matrimonio con funcionarios que dentro de los 12 meses anteriores a la elección hayan ejercido autoridad civil, política, administrativa o militar en el mismo municipio.
Para el Ministerio Público la funcionaria desconoció los principios de imparcialidad y moralidad de la administración pública, al quebrantar los postulados orientados a que las personas que acceden a cargos del Estado lo hagan en igualdad de condiciones, sin ventajas que puedan poner en discusión los intereses públicos y privados.
Por ese hecho la Procuraduría calificó la falta cometida por Iriarte Ospino como una falta gravísima a título de culpa gravísima.
El fallo fue apelado por la defensa de la alcaldesa, razón por la que su efecto no será inmediato mientras se adopta una decisión en segunda instancia.