En audiencia publica la Inspectora de Policía Nº 2, Paola Serna Tobías, del Distrito de Cartagena, en el caso del edificio Aquarela, determinó que la Sociedad Promotora Calle 47 S.A.S, propietaria del edificio, fue infractora dentro del desarrollo de la construcción, al registrar un comportamiento que afecta la integridad urbanística conforme se encuentra en el Código Nacional de Policía y Convivencia.
Como consecuencia de la ocupación del área indebida, la Inspectora determinó que la firma constructora deberá restituir 619,59 metros que corresponden al espacio público en el término de dos meses. De igual manera, se estableció que si vencido dentro del mismo tiempo no se restituye lo señalado, la Alcaldía del Distrito de Cartagena de Indias, realizará el restablecimiento mediante demolición de la estructura.
De otra parte, la Inspectora de Policía, ordenó mantener la medida correctiva de suspensión de las obras y remitirá el expediente a esta cartera ministerial en los términos que lo estipula el Código Nacional, para que se acuerde conforme a la normativa legal si la edificación Aquarela genera impactos negativos en el patrimonio cultural, que puedan afectar las características y los valores de los bienes declarados como de interés cultural.