Al que sorprendan colándose en Transcaribe lo multaran por $196.720

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Con el propósito de corregir comportamientos inadecuados  por parte de los usuarios de Transcaribe, los cultores ciudadanos del programa de Transcaribe Soy Yo, de la Escuela de Gobierno y Liderazgo, reciben  capacitación por parte de la Policía Nacional, sobre el nuevo Código de Policía y Convivencia.
La entrada en vigencia del Código de Policía y Convivencia se inició desde el pasado mes de enero y su aplicación en esta primera etapa fue de carácter pedagógico, mientras que a partir del próximo 1 de agosto la sanción será económica.
La socialización del Código de Policía y Convivencia  estuvo a cargo de Linda Rocío Barros Díaz, (TE) asesora Jurídica de Seguridad y Convivencia, de la Policía Nacional. Y se llevó a cabo en las instalaciones del SITM, en Patio Portal.
Para Juan Barrios Fuentes, integrante del grupo de cultores ciudadanos, “fue de gran importancia que  la Policía Nacional, nos tuviera en cuenta para la socialización del nuevo código; porque aprendimos los deberes y derechos que los usuarios deben tener al  adquirir una tarjeta de pasajes de Transcaribe, y el énfasis que se hace  de nuestra labor, que es netamente de cultura ciudadana”.
A continuación, detallamos los comportamientos contenidos en el nuevo Código de Policía, con su respectiva sanción.
1. Impedir el ingreso o salida prioritaria a mujer embarazada, adulto mayor, persona con niños o niñas, o personas con discapacidad. $92.000
2. Transportar mascotas en vehículos de transporte público incumpliendo la reglamentación establecida para tales efectos por la autoridad competente. $184.000
3. Irrespetar la enumeración y los turnos establecidos en estos medios, así como el sistema de sillas preferenciales, y no ceder el lugar a otra persona por su condición vulnerable. Amonestación
4. Agredir, empujar o irrespetar a las demás personas durante el acceso, permanencia o salida de estos. $92.000
5. Consumir alimentos, bebidas o derivados del tabaco o sustancias cuando estén prohibidas. $92.000
6. Evadir el pago de la tarifa, validación, tiquete o medios que utilicen los usuarios para acceder a la prestación del servicio esencial de transporte público de pasajeros, en cualquiera de sus modalidades. $184.000
7. Destruir, obstruir, alterar o dañar los sistemas de alarma o emergencia de los vehículos destinados al transporte público o sus señales indicativas. $736.000
8. Obstaculizar o impedir la movilidad o el flujo de usuarios en estos sistemas. $368.000
9. Perturbar en los medios de transporte públicos, la tranquilidad de los demás ocupantes mediante cualquier acto molesto. Amonestación
10. Ingresar y salir de las estaciones o portales por sitios distintos a las puertas designadas para el efecto. $92.000
11. Alterar, manipular, deteriorar, destruir o forzar, las puertas de las estaciones o de los buses articulados, metro, tranvía, vehículo férreo, cable aéreo, o de los diferentes medios de transporte de los sistemas de servicio público urbano de transporte masivo de pasajeros, impedir su uso y funcionamiento normal, salvo en situaciones de emergencia. $368.000; Reparación de daños materiales de muebles o inmuebles.
12. Perturbar en los medios de transporte públicos, la tranquilidad de los demás ocupantes mediante cualquier acto obsceno. $736.000
13. Irrespetar a las autoridades del sistema. $368.000
Con la Ley 1801 sancionada por el presidente Juan Manuel Santos en julio de 2016, se establece que el nuevo Código de Policía dispone las condiciones para la sana convivencia en el territorio Nacional.
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